NUEVA NOM-034-STPS-2016 (DOF 200716)
20 de julio del 2016
Condiciones de seguridad para el acceso y desarrollo de actividades de TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD en los centros de trabajo Esta norma aplica para todos los centros de trabajo, donde laboren trabajadores con discapacidad y en ella se establecen, entre otras, las siguientes OBLIGACIONES PARA LOS PATRONES:
- Realizar un análisis para determinar la compatibilidad del puesto de trabajo con la discapacidad que
presenta el trabajador.
- Contar en los centros de trabajo con más de 50 trabajadores, con instalaciones que permitan la accesibilidad de trabajadores con discapacidad al centro de trabajo, o realizar, los ajustes, a fin de permitir el libre desplazamiento para librar desniveles; facilitar el acceso, y manipular objetos y controles, entre otras, de acuerdo a las actividades a desarrollar, en su caso, proporcionar asistencia con elementos mecánicos o auxilio con personas, para la movilidad del trabajador con discapacidad y de su perro guía cuando éste lo auxilie, si las escaleras o rampas presentan dificultades durante su desplazamiento.
- Establecer por escrito las acciones preventivas y correctivas que se deben instrumentar en el centro de trabajo, dentro del programa de seguridad y salud en el trabajo a que se refiere la Norma Oficial Mexicana NOM-030-STPS-2009, para prevenir riesgos a los trabajadores con discapacidad.
- Instalar en las áreas del centro de trabajo que lo requieran, las señalizaciones para el desplazamiento, la estadía y las acciones a seguir en caso de emergencia.
- Contar con un plan de atención a emergencias.
- Informar a los trabajadores con discapacidad sobre los riesgos, las medidas de seguridad y las acciones a seguir en caso de emergencia.
- Capacitar a los trabajadores con discapacidad para su desarrollo en el puesto de trabajo y actuación en caso de emergencia.
- Exhibir a la autoridad del trabajo, cuando ésta así lo solicite, la información y documentación que la presente norma le obligue a elaborar o poseer.