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CONSTANCIAS DE COMPETENCIAS Y HABILIDADES LABORALES.

25 de agosto del 2016

MARCO OBLIGACIONAL BÁSICO.

  1. Las empresas, en el caso de instructores internos y los capacitadores externos, deberán expedir dichas constancias.
  2. En empresas de más de 50 trabajadores deberán ser autentificadas por la Comisión Mixta de Capacitación, Adiestramiento y Productividad.
  3. Deben entregarse a los trabajadores.
  4. Elaborarse en el formato DC-3 o en el formato disponible en el sistema informático de internet www.stps.gob.mx.
  5. Las empresas deben dar a conocer a la Secretaría, las listas de las constancias de competencias o de habilidades laborales.
  6. as empresas con más de 50 trabajadores deberán presentar su lista de constancias de competencias o de habilidades laborales, de forma electrónica.

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