Nuevo Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo
13 de Noviembre de 2014
El 13 de noviembre de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el REGLAMENTO FEDERAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO, del que se destaca lo siguiente:
- Entrará en vigor a los tres meses siguientes de su publicación en el DOF, abrogando al inicio de su vigencia, el Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo publicado en el DOF el 21 de enero de 1997.
- Establecer las disposiciones en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo que deberán observarse en los Centros de Trabajo.
- Efecto de contar con las condiciones que permitan prevenir riesgos.
- Para garantizar a los trabajadores el derecho a desempeñar sus actividades en entornos que aseguren su vida y su salud.
- Prevé la obligación patronal de contar con un Diagnóstico de Seguridad y Salud en el Trabajo e integrar el programa respectivo.
- Establece también la obligación patronal de “supervisar que los contratistas” cumplan con las medidas de Seguridad y Salud en el Trabajo, cuando realicen trabajos dentro de sus instalaciones.
- También precisa las obligaciones de los trabajadores en esa materia.
- Implementa todo un capítulo de Protección a Mujeres en Estado de Gestación o de Lactancia en el que se señalan los trabajos o actividades que está prohibido asignar a las mujeres en esas circunstancias.
- También contiene un capítulo especial de Protección a Trabajadoras menores de Edad, en el que se señalan los trabajos o actividades que está prohibido asignarles, entre los que se destaca aquellos que requieren esfuerzo físico moderado y pesado con cargas superiores a los siete kilogramos.
- Además establece un título en el que se determinan las hipótesis que darán lugar a la aplicación de Sanciones Administrativas, que oscilan entre los 50 a los 5000 veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal.
Ponemos a su disposición el texto íntegro del Reglamento
aquí.